lunes, 5 de octubre de 1970

Fundación del Partido DC de la Capital Federal

DIARIO DE LA CONVENCIÓN CONSTITUYENTE METROPOLITANA

6 de abril de 1956.- Inicia sus deliberaciones correspondiendo la presidencia provisional al convencional Sr. Libre Jara, actuando como secretarios los Sres. Jacinto Cipriota y Ludovico Ivanissevich Machado (h). La Comisión de Poderes integrada por los convencionales, Srta. Ezpeleta, y Sres. Galli y Frugoni Rey, aprueban la totalidad de los diplomas presentados.
A continuación se procede a elegir a la mesa directiva de la Convención Constituyente Metropolitana, que luego de las rectificaciones nominales solicitadas queda constituida así: Presidente: Sr. Jaime Potenze; Vicepresidente 1º: señor Eduardo Mario Favier; Vicepresidente 2º: Sr. Carlos Juan Llambí; Secretario 1º: Sr. Jacinto Cipriotta; y Secretario 2º: Sr. Enrique Marcelo Galíndez.
Luego de esto se pasó a cuarto intermedio hasta el sábado 7 a las 15 horas.

Día 7.- Se rinde homenaje a Jesús de Galíndez "cuya desaparción marca un atentado brutal a la libertad y a la persona humana". A continuación se aprobó adoptar el Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación, facultando a la presidencia a apartarse de él en cuanto no sea aplicable a la Convención. El Sr. Jorge A. Marandin en nombre de la Junta Promotora de la Capital hizo una reseña de las actividades de la misma, decidiendo la Convención que el informe antes de su aprobación sea considerado por una comisión especial. Luego se faculta a la presidencia para que proceda a designar los integrantes de comisiones. Así se hace y resultan constituidas cuatro a saber: Carta Orgánica, Informe de Junta Promotora, Programa y Asuntos Varios. La nómina de sus integrantes se publica aparte. Se pasó a cuarto intermedio hasta hoy a las diez. 

Día 8.- Se aprueba el informe de la Junta Promotora. Se aprueban los despachos de la Comisión Asuntos Varios. En cuanto a la Comisión de Carta Orgánica, se resuelve que siga estudiando los proyectos presentados y trate de aunar criterios. La Convención dio plazo a esta comisión para que produzca despacho antes del 5 de mayo. 
La Comisión de Programa produjo cuatro despachos. Se logró aunarlos aprobándolo en general la Convención junto con una declaración política sobre la situación actual.
Por moción del Sr. Puiggros, la Convención Constituyente Metropolitana, como autoridad suprema del distrito decidió que, en tanto no se elijan las autoridades del definitivas, la mesa directiva dela Convención actúe como organismo ejecutivo.
Se pasó a cuarto intermedio hasta el miércoles 11 a las 20 horas.

Días 11 y 12.- Se refirma la unidad del Partido. Se discutió el despacho de la comisión de programa sobre la declaración política sobre la situación actual del país.Por moción del convencional Sr. Cipriotta se aprobó "un voto de aplauso a la prensa libre y a los periodistas que saben cumplir con su deber buscando la verdad y dando informaciones objetivas".
También fue aprobada una declaración sobre la propuesta formulada a la Argentina por la Unión Europea de Pagos. Se pasó a cuarto intermedio hasta las 20 horas del día 13.

Día 13.- Sigue la discusión de la declaración política, la que es aprobada en particular y se dispone su publicación. La reunión se levanta por falta de quorum y la mesa directiva anuncia que la próxima reunión se hará el sábado 5 de mayo para considerar el despacho de la comisión de Carta Orgánica Metropolitana. 

5 de mayo: La Convención Constituyente Metropolitana comienza a tratar el despacho único presentado por la Comisión de Carta Orgánica. Se aprueba en general y en particular hasta el art. 22 inclusive.

6 de mayo: La Convención prosigue la discusión en particular del despacho sobre Carta Orgánica  del distrito y aprueba el proyecto hasta el art. 32 inclusive, por lo que se dan por terminados los capítulos que se refieren a lso Afiliados, Órganos del Partido y Convención Metropolitana.

7 de mayo: En momentos de entrar  en imprenta este número de "EL REPUBLICANO", se reúnen nuevamente los Convencionales para continuar tratando el despacho mencionado, de lo que se informará próximamente.

Día 8 - Se aprueba el Capítulo IV que se refiere a la Junta Ejecutiva, así como también el Capítulo V de Tribunales de Conducta y el VI que se refiere a los Consejos de Circunscripción hasta el art. 48.

Día 12 - Se aprueba lo faltante del Capítulo VI, el VII correspondiente a las Incompatibilidades y hasta el art. 57 del Capítulo VIII que trata de los recursos del Partido.

Día 15 - Se finaliza el Capítulo VIII y el que corresponde a Régimen Electoral. Se rechaza el Capítulo X que trata de la Asamblea de Afiliados. Se rinde homenaje a León XII y a Pío XI por las encíclicas Sociales.

Día 19 - Se aprueba el Capítulo XI, que trata de los Grupos en Cuerpos Colegiados, con lo que se da por terminado el transitorias hasta que se resuelve la convocatoria a elecciones y el cierre de los padrones partidarios en ese mismo día.

Día 26 - Se hace homenaje a la Revolución de Mayo. Se resuelve que la Convención cesa como Constituyente de modo que cualquier modificación a la Carta Orgánica se debe proceder de acuerdo a lo ya aprobado. Se eligen los cinco suplentes de la mesa directiva que actúa como Junta Ejecutiva Provisional, recayendo en los Sres: Guillermo F. Frugoni Rey, Juan Carlos Airoldi, Carlos Lantos, Carlos Alfredo García y Francisco Lynch. También designa a los titulares de la Junta Electoral decidiendo que éstos sean los de la elección anterior, sres. Esteban Ochoa, Alejandro M. Capurro y Carlos Jorge Damon.

  (Periódico EL REPUBLICANO - Partido Demócrata Cristiano, Año I - Nº3, Buenos Aires, 9 de Junio de 1956, página 3. Director: Guillermo F. frugoni Rey, Secretario General: Héctor Alejandro Alejandro Navarrete)

viernes, 2 de octubre de 1970

La situación política y la DC, febrero de 1956

Comunicado de la Junta Nacional:
LA SITUACIÓN POLÍTICA DEL PAÍS Y LA DEMOCRACIA CRISTIANA
Los diversos problemas políticos, económicos y sociales que vive el país y que agitan la opinión de sus sectores, determinan a la Junta Nacional del Partido DEMÓCRATA CRISTIANO a precisar públicamente sus puntos de vista, mediante la honesta consideración de los acontecimientos.
La Revolución Libertadora, no es obra de ningún partido político en particular, ni de la ayuda foránea, sino de coincidencia de todos los ciudadanos amantes de la libertad, sin distingos ideológicos, en un esfuerzo común tendiente a lograr la recuperación institucional y moral de la República. En la realización revolucionaria tuvo parte principal la juventud. Una juventud que creció ansiando la democracia, sin haberla vivido, porque amaba la libertad que intuía como inseparable de la dignidad humana. Esa presencia juvenil significa una nueva representación de vida que se traduce en un rechazo violento del pasado inmediato y de todas las prácticas políticas que, junto con la acumulación de injusticias sociales, hicieron posible su advenimiento.
La tranquilidad pública exige el recto cumplimiento de los propósitos fundamentales del movimiento y que no se defrauden los anhelos de la nueva generación que cifró en él sus esperanzas. Esa juventud se encuentra ausente de la obra de gobierno y de la directiva política. A quienes la reemplazaron les incumbe la histórica responsabilidad de no traicionar su ideal, de demostrarles que la democracia que soñaron es mejor que la tiranía que vivieron; en una palabra, de ganarles definitivamente para la causa de la libertad.
Diversos episodios vinculados a cesantías y a nombramientos y la actuación de figuras de determinados partidos en gobiernos de provincias, motiva la impresión de que la tarea revolucionaria se ha convertido en patrimonio de agrupación política, violentando así la posibilidad de una convivencia equitativa de las distintas tendencias.
La Democracia Cristiana afirma: que ningún partido democrático que aspira a ser tenido como tal, puede pretender -sin quebrar sus principios- el acceso al gobierno a través, no de una consulta popular, sino de una revolución que no es su obra exclusiva. Para desvirtuar aquella confusión es necesario que se acentúe la neutralidad política del gobierno en las órbitas provinciales, llevando a las funciones principales a personas de reconocida filiación democrática, capaces de la suficiente ecuanimidad para permitir la cooperación democrática de los diversos partidos que lo apoyan, tarea que estos pueden y deben cumplir sin pérdida de la propia independencia o mengua de los progresos particulares.
Frente a iniciativas recientes, la democracia cristiana señala: que la pluralidad de partidos y su correspondiente actividad pública, es indispensable para la recuperación cívica del país y el esclarecimiento de la conciencia política.
No puede ser dañosa, si se cumple sin ánimo sectario y sin propósitos subalternos de carácter electoralista o de logro de posiciones. No es posible el silencio sobre temas fundamentales -como los que hacen a la educación, o a la familia- porque sería apartarse de la docencia cívica, objetivo fundamental de los partidos en una democracia. El contubernio de fuerzas políticas, hecho siempre por acuerdo de cuerpos directivos a espaldas de las masas partidarias, no es necesario para el apoyo y el éxito de un gobierno de transición. El país sólo reclama: amor al pueblo y preocupación por resolver sus problemas, sinceridad política y lealtad en los procederes.

La crítica situación económica que atravesamos, consecuencia de la precaria condición heredada del régimen pasado, impone el apoyo, sin prejuicios previos, de medidas o planes de gobierno, que sólo se justifican por su carácter de emergencia y su transitoriedad.

jueves, 1 de octubre de 1970

Juntas Consultivas, 8 de enero de 1956

NORMAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS CONSULTIVAS
Buenos Aires, 8 de enero de 1956.
A su Excelencia el Señor Presidente Provisional de la Nación General de División Pedro Eugenio Aramburu
Señor Presidente:
La Junta Nacional del Partido DEMÓCRATA CRISTIANO se dirige a V.E. para hacerle conocer uno de los votos de nuestra Convención Nacional reunida en Córdoba entre los días 16, 17 y 18 de diciembre.
Nuestro Partido ha visto con singular complacencia la resolución del Gobierno Provisional de la Nación y de sus interventores en algunas Provincias, de constituir Juntas Consultivas integradas por hombres políticos representantes de los diversos partidos, para asesorar al Gobierno. La Revolución Libertadora procediendo así ha sentado un precedente institucional de gran valor para la solución de los problemas presentes y de incalculables consecuencias para el futuro.
Los partidos políticos son instituciones necesarias de una sana democracia, pues cada cual, desde un punto de vista particular, interpreta el sentir de diferentes sectores ciudadanos. Escuchar la voz de estos partidos políticos es pues, tomar el pulso del pueblo, conocimiento sin el cual no es posible una obra real y adecuada de gobierno.
Por otra parte la creación de las Juntas demuestra que el Gobierno Provisional tiene conciencia cabal de los elementos que contribuyeron a su formación, y lealtad para el cumplimiento de los fines propios de la Revolución. Lo primero, porque la ciudadanía toda y las fuerzas políticas que la representan, tuvieron parte muy trascendente en la resistencia de los pasados doce años, prepararon el clima y colaboraron en el estallido de las Fuerzas Armadas que coronó gloriosamente la larga e ininterrumpida lucha contra la tiranía; lo segundo porque establecidos como fines revolucionarios y eminentes el imperio del derecho, la restauración de la vida democrática y el carácter popular del movimiento, el Gobierno Provisional ha cumplido con medidas de autolimitación como la instauración del Poder Judicial, entre otras, realizándolas con disposiciones como la que nos ocupa, que permite una expresión política democrática en la medida que es posible en la etapa en que se encuentra la Revolución.
Las Juntas Consultivas, como se ha dicho, no constituyen un Parlamento ni un consejo de Estado sino un organismo de consulta del Poder Ejecutivo. Creemos que para su mejor éxito todas las Juntas Consultivas deben tener reglamentos mínimos que establezcan su funcionamiento.
A este respecto nuestra Convención Nacional de 1955 opina que los puntos fundamentales de ese Reglamento deben ser los siguientes:
1) Constitución de las Juntas Consultivas con un número fijo y determinado de personas.
2)    Designación de un representante del Gobierno para presidir las deliberaciones.
3)    Confección de actas de todo lo tratado y resuelto.
4)    Publicidad de los problemas que se traten.
5) Libertad de los miembros de las Juntas para dar publicidad a sus respectivas posiciones.
La enunciación hecha excusa de argumentar en su favor, pues su procedencia surge por sí sola. Naturalmente que consideramos que las personas que en número fijo y determinado forman las Juntas deberán ser siempre representativas de partidos políticos democráticos.
La presidencia de un representante del Gobierno, facilita la comunicación entre el Poder Ejecutivo y la Junta.
Las otras medidas hacen a la necesidad de dar a las Juntas las posibilidades de una comunicación inmediata y permanente con la ciudadanía de la que son intérpretes; y permitirán también llevar al pueblo el pensamiento del gobierno sobre las materias sometidas a consulta.
Ello no excluye el necesario secreto cuando la materia de las reuniones sea de las que corresponde tratarse de esa manera.
Dejamos así establecido, Señor Presidente, el punto de vista de nuestro Partido sobre el asunto que motiva esta presentación. Nos ha llevado a hacerlo el voto de nuestra Convención Nacional, y la decisión de colaborar con el Gobierno Provisional de la Nación para todo cuanto signifique el mejor éxito de la Revolución Libertadora.
.Dios guarde al Señor Presidente.
Lucas Ayarragaray                                   Juan T. Lewis
    Presidente                                            Secretario


Doble indemnización y sábado inglés, 6 de enero de 1956

DOBLE INDEMNIZACIÓN Y SÁBADO INGLÉS
Buenos Aires, 6 de enero de 1956.
A su Excelencia el Señor Presidente Provisional de la Nación General de División Pedro Eugenio Aramburu
Señor Presidente:
Tenemos el agrado de dirigirnos al Excelentísimo Señor Presidente Provisional de la Nación para cumplir lo resuelto por la Junta Nacional del Partido Demócrata Cristiano en su reunión del 29 de diciembre del año ppdo., a fin de evitar trastornos que puedan ocasionar resoluciones judiciales de casos particulares, que modifiquen la interpretación más generalmente dada a disposiciones de leyes de trabajo y previsión o nieguen valor institucional a leyes provinciales que contemplen modalidades de trabajo, por ello la JUNTA NACIONAL DEL PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO RESUELVE:
1)  Solicitar del Gobierno Provisional de la Nación, que dicte las disposiciones necesarias para dar fuerza legal a criterios judiciales impuestos con carácter general como la doble indemnización en caso de despido sin preaviso, y otros similares.
2)   Solicitar de igual autoridad que dicte un decreto ley que ponga en vigencia en todo el país, el llamado sábado inglés.
3)   Encomendar a los miembros del Partido que actúan en la Junta Consultiva Nacional, que sostengan la necesidad de resolver estas proposiciones ante el organismo que integran.
Dios guarde al Señor Presidente.
Lucas Ayarragaray                                   Juan T. Lewis

    Presidente                                            Secretario

Universidad y libertad de enseñanza, 5 de enero de 1956

ORGANIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD Y LIBERTAD DE ENSEÑANZA
Buenos Aires, 5 de enero de 1956.
A su Excelencia el Señor Presidente Provisional de la Nación General de División Pedro Eugenio Aramburu
Señor Presidente:
La Junta Nacional del Partido Demócrata Cristiano tiene el agrado de dirigirse a Su Excelencia para manifestarle el agrado con que hemos recibido la promulgación del Decreto Ley sobre la organización de las Universidades.
La Libertad de enseñanza en todos sus grados, desde la primaria hasta la universitaria, es un postulado fundamental del Partido; y si bien el decreto no libera totalmente a las universidades de la tutela estatal, les concede una autonomía considerable y mayor que la que tuvieron en el pasado.
A este respecto debemos señalar:
1)  El Gobierno no les ha impuesto un estatuto común a todas las Universidades: ha dictado tan sólo un reglamento provisorio que permite su constitución para que una vez recuperada su autonomía cada universidad se dé a sí misma su estatuto propio “según la modalidad de su tradición y la conveniencia de su ámbito local”.
2)    La derogación del art. 1 inc. 6) y el art. 3 de la Ley 1597 (Ley Avellaneda) da a las Universidades plenos poderes para designar y remover sus profesores sin la intervención del Poder Ejecutivo.
3)   Se ha reafirmado la libertad académica al asegurarle a las Universidades el pleno gobierno de los estudios y el derecho de confeccionar sus planes de enseñanza.
4)  Se ha postulado la independencia financiera y administrativa de las universidades, para lograr las cuales será preciso que el fondo previsto sea suficiente para satisfacer ampliamente sus necesidades y sea administrado directamente por ellas, sin otro contralor que el contable necesario para asegurar el uso correcto de ese fondo.
5)   Se ha reconocido a la iniciativa privada el derecho de organizar universidades libres capacitadas para expedir títulos y diplomas habilitantes. La reglamentación a dictarse no deberá tener otro objeto que el asegurar el auténtico carácter universitario de estas instituciones, sin pretender limitar ni orientar sus actividades académicas, y dar la debida intervención a los Colegios Profesionales para el ejercicio de las actividades propias de cada carrera.
Este régimen es indudablemente adecuado para el paso del estado actual hacia una plena libertad de enseñanza en el campo universitario, libertad que constituye uno de los puntos fundamentales del Partido.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
Lucas Ayarragaray                                   Juan T. Lewis
    Presidente                                            Secretario


Se urge la constitución de paritarias, 4 de enero de 1956

SE URGE LA CONSTITUCIÓN DE LAS COMISIONES PARITARIAS DE TRABAJADORES Y PATRONOS
Buenos Aires, 4 de enero de 1956.
A su Excelencia el Señor Presidente Provisional de la Nación General de División Pedro Eugenio Aramburu
Señor Presidente:
La Junta Nacional del Partido Demócrata Cristiano tiene el agrado de dirigirse a Su Excelencia para expresarle la satisfacción con que el Partido ha visto la adopción de numerosas medidas por parte del Gobierno Provisional. Entre ellas señalamos la prórroga de las leyes de arrendamientos rurales y urbanos, que llevan tranquilidad a millares de hogares mientras se encaran soluciones de fondo a los problemas humanos que ellas comportan; la creación de la Comisión Nacional de la Vivienda, de cuya acción rápida, decidida y enérgica se esperan frutos inmediatos; el Estatuto del Servicio Doméstico; las claras orientaciones señaladas por el Ministerio de Trabajo sobre el salario vital mínimo; la preocupación del Gobierno Provisional por el alza del costo de la vida y por adecuar al mismo los salarios; hechos todos que, junto a otros de carácter social económico, cultural y educacional, revelan la clara tendencia revolucionaria hacia el logro de la justicia, sin la cual no puede existir una verdadera libertad.
Asimismo el Partido Demócrata Cristiano, en el deseo de contribuir al afianzamiento de una política democrática y popular, en la que coincide con ese Gobierno, considera necesario hacer saber al Presidente del Gobierno Provisional su inquietud por la inmediata constitución de las Comisiones Paritarias de Trabajadores y Patrones para realizar el estudio de los futuros convenios colectivos de trabajo.
La demora en formalizarlos haría que al vencimiento de los existentes se careciera de los estatutos jurídicos que rijan las relaciones laborales, con la consiguiente alarma de los trabajadores. Deberá suministrarse a esas Comisiones Paritarias cuanta información sea posible sobre el aumento del costo de la vida, la situación de las empresas, los recursos impositivos y el estado económico del país. Si, como parece deducirse de los estudios realizados por nuestro Partido, el aumento del costo de la vida durante el último año del régimen depuesto ha sido del 25%, es necesario que dichos convenios provean los medios que satisfagan ese aumento.
Naturalmente que los recursos para ello no podrán salir en ningún caso de una política inflacionista, que siempre tiene como primer víctima al trabajador y como beneficiarios directos a las oligarquías de los regímenes que las aplican; esos recursos deberán salir: de una mayor productividad; de una mejor distribución del régimen impositivo, que aumente los impuestos sobre las grandes entradas; de una modificación del impuesto a las ventas; y por último, de las ganancias de las empresas, que estamos seguros que contribuirán para fines tan nobles en un afán de superación y de consolidación del esfuerzo de todo el país para el derrocamiento de la tiranía. Razones elementales de justicia social exigen la urgente discusión de esos contratos, cuya tardía solución  impondría recurrir nuevamente al sistema de pagos con retroactividad, del que tanto se abusó en los últimos años, con su perniciosa incidencia en la economía familiar del trabajador y en el desenvolvimiento financiero de las empresas.
Dios guarde a Su Excelencia.
Lucas Ayarragaray                                   Juan T. Lewis
    Presidente                                            Secretario


miércoles, 30 de septiembre de 1970

Partido Demócrata Cristiano - Declaración de Principios

Declaración de principios


PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS

I- INTRODUCCIÓN
La perturbación que aflige a la humanidad ha llegado a un estado de crisis, en el cual se enfrentan fuerzas antagónicas que pugnan por su predominio definitivo.
De un lado, concepciones fragmentarias de la naturaleza del hombre y de la sociedad, han engendrado la exaltación ilimitada de realidades parciales, como son la economía, la política, la raza, la clase, la nación o el estado: mitos que han venido a constituir las divinidades del paganismo moderno.
De allí, el imperio del egoísmo y de la perversión moral, el extravío filosófico y científico, el reinado del odio y de la violencia; de allí también el privilegio económico y la injusticia social, la inestabilidad legal y el desamparo jurídico; en última instancia, el sacrificio de los derechos fundamentales de las personas y de los pueblos.
Por otra parte, las fuentes eternas del espíritu han aflorado por doquier en nuevos movimientos de emancipación política, económica y social, que con carácter más o menos orgánico tienden a la recuperación intelectual y ética, a la libertad personal, a la redención del proletariado, a la solidaridad humana y a la paz.
Para quienes tienen conciencia de su dignidad de personas y de ciudadanos no sería dudosa la elección si sólo se tratara de dos planteos total y perfectamente diferenciados. Por desgracia, es característica del desorden contemporáneo la confusión de límites entre las causas buenas y las malas; así se ve a menudo cómo el aferramiento a fórmulas caducas del liberalismo favorece la opresión económica y la inseguridad social, e inversamente, cómo la búsqueda desesperada de la justicia conduce, a veces, a la pérdida de la libertad.
Tal estado de cosas agrava el deber de conocer, juzgar y actuar adecuadamente en los asuntos de la vida pública, en la medida de la vocación, la aptitud y la posibilidad de cada uno.
Los intereses particulares legítimos, tanto de las personas cuanto de los grupos sociales, y el bien común nacional y universal exigen esa presencia inmediata y activa, que coopere a restaurar el sentido de unidad y hermandad en la convivencia y el equilibrio de valores que la misma crisis actual coloca en falsas oposiciones, tales como persona y sociedad, libertad y autoridad, trabajo y capital, justicia y libertad.
Este deber cívico es también una obligación de testimonio y un mandato de caridad, que no se pueden cumplir suficientemente con la sola labor doctrinaria, pues su propia razón de ser está en su realización práctica.
Ello significa la necesidad permanente de actuar en el terreno político, necesidad más justificada aún en nuestros tiempos y en nuestra Patria, en que la política en sentido amplio es el cauce natural para solucionar los problemas temporales de la comunidad.
Estamos convencidos de la urgencia y posibilidad de instaurar una política nutrida ante todo en los valores espirituales, fundada en la buena voluntad cívica y vivificada por la libertad y la justicia; una política de unión en los fines supremos y de tolerancia en la diversidad de los medios honestos con terminante exclusión de la violencia; en fin, una política que merezca ser llamada ciencia, arte y virtud del bien común.
Creemos igualmente que tal empresa sólo puede inspirarse y sostenerse en los principios sociales del cristianismo, cabalmente comprendidos y lealmente practicados; como también que para garantizar la integridad doctrinaria y la pureza moral de nuestra actividad, resulta indispensable darle una estructura orgánica e independiente, libre de compromisos con errores y vicios ajenos.
Por tanto, para servir al pueblo, nos constituimos en agrupación política bajo el nombre de PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO y con los principios que exponemos a continuación.
II- ESQUEMA GENERAL
El Partido Demócrata Cristiano es un partido político con base doctrinaria que aspira a realizar una concepción cristiana de la vida ciudadana a través de la democracia, en un ambiente de amistad cívica y con un claro sentido popular.
Aparece en la vida política para continuar la línea histórica que ha sentado las bases de la convivencia entre los argentinos, del progreso y la dignidad de la República.
La concepción cristiana de la vida cívica que preconiza el Partido se inspira en un orden social basado en la ética y la moral e integrado por instituciones sanas que realicen las funciones que les son propias.
Este orden social está al servicio del hombre. Sus presupuestos esenciales son: la dignidad de la persona humana, la libertad, la fraternidad, el régimen jurídico, y la justicia social.
Las instituciones fundamentales que lo integran son: la familia, célula primera de la vida social; las asociaciones intermedias, el sindicato y la asociación gremial, institución primera de la actividad profesional del hombre; el municipio, base primera de la vida política, el cual se amplía en la provincia; el estado, organización jurídica de la sociedad; y la Iglesia Católica Apostólica Romana, con el debido respeto a las demás confesiones religiosas. A su vez, la República como Nación participa de la organización supranacional que abarca a todos los países del orbe.
Estas instituciones implican diversos tipos de actividad humana, a través de cuya realización el hombre alcanzará su propia vocación. Tales funciones son: la política, con la cual se forma la conciencia cívica de los ciudadanos y por la cual el pueblo participa en los partidos y en el Gobierno, eligiendo sus autoridades; la educacional, por medio de la cual el hombre procura su desarrollo cultural; la económica, que le permite subvenir a sus necesidades; y la religiosa, por la cual se favorece su diálogo con Dios.
III- PRESUPUESTOS ESENCIALES
1- Dignidad de la persona humana
La persona humana es el centro de la Creación. Su dignidad nace de su filiación divina y su vocación de eternidad, trascendente al tiempo y a las cosas. Miembro de la sociedad, tiene además de la responsabilidad de su destino individual, la del cuerpo que integra, y al que debe servir para el bien de todos. El desconocimiento de la naturaleza del hombre es la causa inmediata del desorden y la angustia contemporáneos.
La persona humana es un todo complejo y unitario, compuesto substancial de espíritu y materia; pero, lo que le da su alto sentido de nobleza es su espiritualidad. De allí que los objetivos espirituales del hombre deban prevalecer sobre los materiales y que todos los bienes de que pueda gozar en el tiempo sean sólo medios necesarios para que libremente alcance su fin último.
De su naturaleza y de sus fines surge que la persona posee un conjunto de deberes y derechos fundamentales. Los deberes se sintetizan en orientar todo su desarrollo hacia su destino eterno. Los derechos –que ningún poder humano puede desconocer, menoscabar ni suprimir- comprenden todo aquello que es indispensable al libre desenvolvimiento y a la plena perfección de la personalidad; tales el derecho a la vida y a la integridad espiritual y física; a la moralidad y a la religión; a la educación y a la investigación de la verdad; a la constitución de la familia y de otras sociedades legítimas; a la elección de estado y a trabajar en condiciones dignas, recibiendo una justa retribución; al buen uso de los bienes materiales y a la propiedad; a reunirse con sus semejantes y expresar libremente sus ideas y todos aquellos otros que la dignidad humana implica.
El ser humano es naturalmente sociable; sólo conviviendo con sus semejantes puede desarrollar debida y cumplidamente sus aptitudes, tanto materiales como espirituales. No hay irreductible oposición entre el hombre y la sociedad, sino mutua integración al servicio de sus supremos fines.
En el plano temporal, la persona es la única realidad substancial y trascendente. Por ello, debe constituir el centro de toda construcción política, económica y social.
2- Libertad
El Partido Demócrata Cristiano sostiene como una de sus características esenciales un régimen social de libertad. La libertad es una e indivisible: no hay libertad religiosa sin libertad política y no hay libertad política sin libertad económica. A cada derecho humano corresponde un deber y tiene que ser amparado por una libertad política que el Estado debe reconocer. Es a través de la libertad que el hombre debe alcanzar su bien individual; pero, es también con su buen uso que debe contribuir al bien común.
3- Fraternidad
La fraternidad, fruto del amor y la justicia, constituye el fermento fundamental de la vida social y la nota distintiva de nuestra acción política.
4- Régimen jurídico
La Democracia Cristiana sostiene fundamentalmente el gobierno de la Ley, en oposición al mando arbitrario de los hombres.
Tanto en la conducta individual cuanto en las relaciones sociales, el hombre debe obrar, no según los impulsos de su prepotencia o capricho, sino según la ley, cuyo origen y razón de obligatoriedad derivan de Dios y cuyo cumplimiento satisface las aspiraciones humanas.
En lo social-político la primacía de la ley se realiza adecuadamente sólo mediante la ley positiva.
Dicha ley ha de ser democrática por su concreto origen popular y válida por su sanción de los derechos naturales inherentes a la persona humana y por su ordenación al bien común.
En la República, la ley fundamental es la Constitución Nacional, que organizó y pacificó al país y que a pesar de sus deficiencias, negaciones y errores en su aplicación, promovió la prosperidad de nuestro pueblo.
Por tales razones, el propósito más inmediato de la Democracia Cristiana es la vigencia plena de la Constitución Nacional, para que con ella o a través de su reforma y con las leyes y costumbres argentinas, pueda procurar la mejor realización de sus ideales, en especial en lo concerniente a la Iglesia Católica, la familia, la educación, los derechos económicos-sociales y, en el plano político, el régimen municipal, el régimen federal, la jurisdicción de los jueces, la responsabilidad ministerial, la fiscalización sobre el Poder Ejecutivo respecto a gastos e intervención a las Provincias y la mayor autenticidad del régimen representativo.
5- Justicia social
Por último, expresión del bien común es hoy la justicia social, norte y guía de la acción del Partido Demócrata Cristiano. Basada en la fraternidad, ella impone a todos y a cada uno el deber de cooperar en el mejoramiento de las condiciones de bienestar común y el correlativo derecho de participar en sus beneficios. Son deberes y exigencias de justicia social, de primordial preocupación para Democracia Cristiana:
a) Asegurar a todos los hombres, sin distinción alguna, condiciones de vida que les permitan el integral desarrollo de su vida corporal, espiritual y moral; la justicia social exige que nadie se encuentre privado de los bienes esenciales para la vida (alimentación, vivienda, vestido, protección de la salud, educación), que los bienes de comodidad se generalicen evitando desigualdades chocantes y que los bienes de superación estén al alcance de todos aquellos que tengan condiciones para lograrlos dentro del bien común de la sociedad;
b) Aumentar la renta nacional y redistribuir equitativamente la misma entre todos los sectores sociales, procurando especialmente la promoción de los grupos menos afortunados, por ser los más necesitados y numerosos;
c) Proporcionar ocupación a todos los miembros de la comunidad, estabilidad en el trabajo y seguridad social en todos los órdenes de la vida;
d) Procurar que la remuneración del trabajo corresponda no solamente a las necesidades vitales del trabajador y de su familia, sino también al grado de civilización en que se vive y que haga posible el ahorro y el acceso a la propiedad;
e) Asegurar una moneda sana y estable para garantía del valor de los sueldos y salarios, los ahorros y el sistema de previsión y seguridad social;
f) Disminuir las diferencias sociales y hacer que la comunidad entera participe, con el más alto nivel posible, en los beneficios de la civilización, impidiendo que un grupo social excluya a otro.
Por ello, este Partido que nace del Pueblo, se nutre del pueblo y existe con el pueblo, hace suyas sus angustias y esperanzas. No habrá injusticia que no procure remediar, ni necesidad que no trate de satisfacer. Quiere una Patria grande, en la que reine la felicidad y en la que todos se sientan hermanados por la amistad cívica.
IV- INSTITUCIONES DEL ORDEN SOCIAL
1- La familia
La familia es el primer ambiente vital, formativo y compensatorio de las exigencias físicas y espirituales de la persona. Germen de toda convivencia, su órbita total se compone de dos sociedades parciales: la coyuntural y la paterno-filial.
Institución directamente emanada de la naturaleza, tiene por principio y fundamento el matrimonio, uno e indisoluble, que el Estado debe reconocer. Su constitución y prerrogativas fundamentales surgen de aquella y no dependen de la voluntad humana ni de factores económicos.
Base orgánica de la sociedad civil, su principio formal es la autoridad familiar, ejercida primariamente por el padre en comunidad con la madre. Sus derechos y deberes, inviolables por parte de toda potestad terrena, derivan de sus fines propios: unir a los esposos y por consiguiente, proveer a la transmisión legítima de la vida y a la educación de los hijos, al mismo tiempo que al mutuo perfeccionamiento de los cónyuges.
A las familias corresponden las potestades y obligaciones primarias respecto de la persona, con anterioridad y preferencia a cualquier otra institución. Su defensa y fortalecimiento no admiten sustituciones ni competencias que sólo producen su menoscabo y desintegración. Al Estado corresponde respetarla, protegerla y asistirla, procurándole los medios que le sean necesarios y convenientes para el cumplimiento de sus funciones espirituales, culturales, políticas, económicas y sociales.
La Democracia Cristiana reivindica para la familia los siguientes derechos: a la estabilidad, a la fecundidad, al respeto de su misión educadora, a la protección de su salud física y moral, a la seguridad, a la justicia distributiva, al espacio vital, a perpetuarse y a cumplir todos los deberes que la vinculen a Dios.
2- Sociedad Civil
La sociedad civil resulta de inclinaciones y aptitudes innatas en el hombre, quien mediante su ordenada agregación, a la vez necesaria y libre, busca la plena satisfacción de sus indigencias y aspiraciones. Consecuencia de las condiciones esenciales del ser humano y de su insuficiencia individual, es un orden general o absoluto, es institución de la naturaleza misma, pero en su realización concreta y constitución particular interviene el libre ejercicio de la voluntad humana.
Su finalidad es la consecución del bien común, que no supone un objetivo propio del ente colectivo en sí mismo y para su provecho o poderío, sino la buena vida humana de cada uno de sus miembros: el máximo bienestar material y la mayor posibilidad de tender a la perfección moral y a la vida sobrenatural.
La Sociedad está pues al servicio del hombre, a quien debe respetarle su autonomía, pero el hombre se debe a la sociedad para la consecución del bien común.
La guía y el poder necesarios para conducir a la comunidad hacia el logro de sus fines, se obtiene mediante la autoridad. Dicha potestad proviene sólo de Dios, pero necesitando revestir alguna forma y residir en algún sujeto, tiene su causa determinante en la aceptación y el consentimiento expreso de los integrantes del grupo social.
3- Estado
La vida en sociedad requiere organizarse en la forma política que llamamos Estado. Este implica el imperio de un orden jurídico libremente escogido y tiene como misión representar, coordinar y gestionar los anhelos, energías e intereses sociales, con arreglo a las fórmulas creadas por la libre determinación popular, dentro de los límites de la ley natural.
Órgano de la autoridad, se debe por sus fuentes y sus fines al pueblo todo en general y no en particular a ciudadanos o grupos cualesquiera. Su acción reguladora tiene carácter supletorio con respecto a las iniciativas, obras e instituciones privadas: estimulando siempre la actividad de los ciudadanos, sólo debe realizar por sí mismo aquello que los individuos y asociaciones menores no pueden efectuar o lo hagan en forma deficiente.
El Estado, pues, debe tratar de alcanzar una sólida conciliación de la libertad civil y del orden social, ya que éste, lejos de representar una categoría moral oponible o comparable con aquella, es más bien una resultante de la armoniosa conjugación de múltiples factores, entre los cuales se destacan precisamente una fe robusta en la libertad y su práctica fecunda.
Este régimen de libertad ha de prevalecer en la sociedad, en inseparable unión con la justicia. El Estado debe promover con la mayor decisión y empeño una auténtica justicia social, para lograr que todas las clases sociales contribuyan armoniosa y orgánicamente al bien común y que cada persona goce de condiciones materiales que le permitan vivir libre y dignamente.
4- Sociedades intermedias
La tendencia social del hombre no sólo se manifiesta en la existencia de la sociedad política. Hay entre el hombre y el Estado una serie de sociedades intermedias destinadas a realizar lo que el primero no puede y el segundo no debe.
Su existencia, ya sea en defensa de intereses económicos, profesionales, culturales o religiosos, es un derecho de orden natural y no una concesión del Estado.
Tales sociedades son: el Municipio y la Provincia, en el orden político; el sindicato y la asociación profesional en el orden del trabajo; y las asociaciones y centros particulares, en el plano económico, cultural, espiritual y del bien común.
Estamos a favor de la existencia de estas sociedades intermedias. Ellas caracterizan el verdadero concepto del pueblo.
5- Municipio, Provincia y Federalismo
El Partido Demócrata Cristiano afirma que el Municipio es la organización primaria de la vida política, base de la representación popular y de todo progreso social, económico y político. Cree que una vida municipal intensa producirá los mayores beneficios para la colectividad; es a través de ella que autoridades y pueblo podrán participar de esta escuela de democracia y de gobierno. Una de las características del Partido será la promoción, fortificación y extensión del municipio y su participación creciente en las responsabilidades de los poderes políticos.
La Democracia Cristiana es partidaria, igualmente decidida, del régimen federal. Las Provincias, formaciones sociales de profundo arraigo, preexistentes a la Nación y centros fecundos de energías y reservas, deben ser fortificadas en su carácter de entidades autónomas y estimuladas en su desarrollo propio, para beneficio de la Nación entera. Sus valores culturales y económicos deben ser firmemente acrecentados.
Así llegaremos al régimen federal, ansia de los argentinos libres, origen y tradición de la Patria, valla contra el absolutismo centralista y elemento indispensable de la restauración social, económica y política del país.
6-Organización gremial
Una de las condiciones principales que el actual estado de cosas exige es la libre constitución y actuación de los organismos profesionales que los gremios de trabajadores crean para su defensa común, generalmente bajo el nombre de sindicatos.
No es ésta la única ni la mejor forma de agremiación.  Pueden preverse y procurarse otras, de bases y finalidades más amplias de acuerdo con la evolución de la empresa; pero la situación contemporánea requiere la existencia y el vigor de las entidades sindicales, libres desde su nacimiento respecto a los gobiernos, a los partidos políticos y a los grupos capitalistas; sujetas solamente al interés de sus miembros en función del bien común. El derecho de asociación es connatural a la persona y como tal, anterior y superior al Estado, que debe reconocerlo, estimularlo y protegerlo, sin inmiscuirse directa ni indirectamente en la vida de los organismos gremiales.
El Partido Demócrata Cristiano reconoce a la organización gremial el ejercicio de todos los derechos conducentes a su objeto y fines, especialmente el de participar en los organismos que se refieren a la vida económica del país y el de huelga justa, cuando se recurre a ella una vez agotados todos los medios de conciliación existentes.
7- Asociaciones particulares
Un orden social justo se manifiesta por la proliferación de entidades particulares con fines legítimos.
La Democracia Cristiana reconoce la libertad para fundarlas y estimula su creación, sean económicas, culturales, espirituales o de bien común.
Sostiene, además, que la vida democrática se fortificará en la medida en que los ciudadanos, aparte de sus actividades en asociaciones de bien individual, formen y desarrollen entidades de bien común, que no tienen otro interés que servir al prójimo y la finalidad de contribuir a la solución de los problemas sociales.
En convivencia con el gobierno y los partidos, estas actividades serán la levadura popular de toda sana restauración social en la Argentina.
8-Iglesia Católica Apostólica Romana y demás confesiones religiosas
La Iglesia Católica Apostólica y Romana, a la cual pertenece la gran mayoría de los habitantes del país y a la que está vinculado lo mejor y más positivo de nuestra historia, debe ser respetada en sus derechos como sociedad perfecta y debe ser garantizada para que con plena libertad pueda cumplir su misión.
La Democracia Cristiana auspicia el arreglo de las relaciones entre el Estado y la Iglesia Católica mediante un Concordato, basado:
a) en el respeto y observancia de la ley natural y la ética cristiana;
b) en la distinción de los respectivos poderes espiritual y temporal, cada uno de los cuales es supremo en su esfera;
c) en la cooperación armónica de Iglesia y Estado en los problemas mixtos; y
d) en la colaboración del Estado y la Iglesia para el bien común de los hombres y de la sociedad.
Los demás credos religiosos que funcionan como libres asociaciones, han de ser considerados deferentemente y respetados en sus derechos con su propio estatuto jurídico.
9. Organización Supranacional
El Estado debe actuar en la organización internacional cooperando a que ésta sea una estructuración éticamente jerarquizada y jurídicamente igualitaria de la universal fraternidad humana.
La soberanía nacional, fundamento visible de la organización interior y de la personería exterior, no tiene carácter absoluto. Está doblemente limitada: en lo interno, por la dignidad humana de sus propios súbditos, y en lo externo, por la soberanía de los demás pueblos, por el orden, la justicia y el derecho internacional. Todas estas razones impulsan y justifican paulatinas restricciones de las soberanías particulares, a favor de organismos mundiales que sean capaces de defender la seguridad colectiva contra la agresión, y el bienestar general contra la opresión y la miseria. La organización supranacional será la que tenga a su cargo garantizar la igualdad jurídica de los estados particulares; defender los derechos humanos y conseguir el bien común de la paz.
En esta organización supranacional deberán estar representados no sólo los estados sino también, en alguna forma, las entidades intermedias de carácter privado.
V – FUNCIONES DE LA VIDA SOCIAL
1. Acción política
Los principios y normas señalados en esta Declaración tienen en la Democracia su mejor expresión y su mayor posibilidad de realización, por ser su estructura la más en consonancia con la dignidad y la libertad de los ciudadanos. Entendemos por Democracia el gobierno del pueblo por el pueblo y para el pueblo.
No pensamos que la democracia sólo sea un régimen político aceptable. El concepto de Democracia, más allá de su acepción originaria y clásica, por encima de las deformaciones contemporáneas que la han desprestigiado hasta en su nombre, sigue no obstante correspondiendo a las más nobles aspiraciones humanas, orientándolas hacia una vida de orden en la libertad, de justicia por el derecho y de unión en la tolerancia.
La esencia de la Democracia está constituida por un régimen de convivencia y no sólo por un aparato jurídico, ni por el sufragio universal, ni por cualquier otra manifestación de la voluntad popular; sostener lo contrario equivaldría a confundir el todo con la parte, el fin con el medio.
Sin embargo, tales instrumentos son connaturales a la Democracia.
De ahí que sea imprescindible para su existencia y vigor el asegurar a su vez la realidad y pureza del sistema representativo, mediante mecanismos de elección y de consultas variables según los países y las épocas.
Son también típicos del régimen democrático; la libertad de información y de crítica, la libertad de prensa, de reunión y de petición, el derecho de los ciudadanos de expresar sus propios puntos de vista sobre los deberes y sacrificios que se les imponen, la separación de los poderes estatales, la independencia del Poder Judicial, la autonomía comunal, la pluralidad de partidos políticos, la representación y respeto de las minorías, la periodicidad de los cargos electivos, la publicidad de los actos de gobierno, la responsabilidad de los funcionarios públicos, la igualdad ante la ley y en general, toda garantía para la más adecuada protección de los derechos humanos.
Porque el poder del Estado tiene sus límites señalados por la ley misma y porque sus atribuciones están sujetas al control de la ciudadanía, proclamamos nuestra más firme adhesión a la Democracia, que resulta el más seguro camino para llegar a la conquista de la liberación espiritual y material que anhelan los hombres y las naciones.
La DC sostiene el sufragio universal como el medio normal por el cual el pueblo designa sus representantes para el Gobierno, y al hacerlo determina la orientación que prefiere para éste. Por su propia naturaleza, el sufragio universal, secreto y obligatorio, de varones y mujeres, compromete gravemente la conciencia personal y cívica de los ciudadanos e influye de modo preponderante en la suerte de la política y en general, de la sociedad.
Los partidos políticos ejercen derechos cívicos primordiales, ordenan las diferentes tendencias de la opinión, prueban las vocaciones y aptitudes políticas de los ciudadanos y organizan la cooperación popular en la función del gobierno. Ellos deben ser respetados en sus derechos sin otra condición que la leal observancia de la Constitución nacional, debiendo cuidarse especialmente la eliminación de toda confusión entre Partido y Gobierno. La Democracia Cristiana, se opone, no sólo al concepto de partido como instrumento de despotismo en la incongruencia de Partido Único, sino también a las inclinaciones sectarias que han llevado a menudo a anteponer las conveniencias partidarias a las exigencias y deberes del bien común.
Frente a la necesidad y las posibilidades que comportan el sufragio universal y los partidos políticos, la Democracia Cristiana pone en evidencia el error que implican las tentativas de excluirlo, bajo pretextos diversos, que en el hecho, favorecen al despotismo. Los individuos aislados no pueden obrar en la vida cívica con la eficacia y la regularidad que proporciona el Partido. La familia, la organización profesional o la clase no tienen por objeto específico el bien común de toda la sociedad, y por tanto no pueden constituirse en órgano de la vida cívico-política.
2- Educación y cultura
La Democracia Cristiana luchará sin descanso para que reine en el país una efectiva libertad de enseñanza. Esta libertad implica la armonía y el respeto de los derechos de la familia, de la Iglesia y del Estado. Nada justifica el monopolio estatal de la enseñanza, el más inicuo de los monopolios.
Todo niño tiene el derecho a una educación integral que lo conduzca al máximo florecimiento de su virtud y de su talento en igualdad de condiciones con los demás y sin discriminaciones de índole racial, social, económica, religiosa o ideológica.
La familia por su fin específico, tiene prioridad de obligaciones y potestades con respecto a la educación. Es indispensable la libertad de educar a los hijos por parte de los padres; la formación espiritual de la prole, como su crianza y cuidado, son cargos inherentes al padre y a la madre, porque ellos se hallan asociados en la misma. Por tanto, el deber natural de la educación es también frente a los semejantes y al Estado, el derecho natural a la prestación de los medios y el respeto de los fines escogidos por los genitores en la cultura de sus hijos, respetando el credo religioso de los mismos. La escuela complementa y perfecciona la educación dada por los padres; los maestros son, pues, sus delegados o mandatarios. Por encima de su misión de enseñar la técnica, las aulas deben procurar el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos del hombre, a las libertades fundamentales y a nuestra organización democrática.
La Iglesia Católica tiene también derecho propio a educar; a impartir libre y públicamente educación religiosa a sus fieles y todos aquellos que acepten recibirla, así como también a promover la enseñanza de las disciplinas profanas.
La misión del Estado es velar para que los padres cumplan el deber que respecto a la educación les impone la naturaleza y la ley, estimulando y ayudando económicamente a los institutos educacionales privados, controlando su idoneidad moral, científica, didáctica e higiénica y vigilando el respeto a la historia e instituciones patrias y a nuestra vida democrática. En atención a sus funciones de bien común que lo obligan a garantizar y le dan derecho a exigir a todo ciudadano un mínimo de su formación cultural, cumpliendo una misión auxiliar y supletoria y tutelando el derecho del hijo a la educación, está facultado para crear y sostener escuelas públicas o establecimientos propios.
En las escuelas oficiales el Estado es representante de los padres a quienes no desplaza ni sustituye y cuyo sentir debe obedecer en la formación integral del educando, inclusive en lo concerniente a materia religiosa.
La cultura, cultivo del hombre integral, debe ser ante todo cultura de la persona. Por ello, únicamente puede fundamentarse en una educación de raíz espiritual, que desarrolla con plenitud, libertad y armonía todas las facultades y potencias del ser humano, en función de la trascendencia de su origen, naturaleza y destino.
Si bien la cultura se conserva y acumula en el cuerpo social, siendo esencialmente humana, no es lícito que el Estado fije su contenido, sus límites y sus direcciones en fórmulas legales, que forzosamente son coactivas; en pautas o módulos cuya definición e impartición caen fatalmente en manos del Estado.
3- Economía
Los bienes materiales son necesarios para la subsistencia y el progreso humano, por lo cual deben estar al alcance de todos. Ni ellos, ni los elementos que les sirvan de fuentes (naturaleza, trabajo y capital), constituyen fines en sí mismos, unos y otros son bienes instrumentales, que en conjunción y armonía de todos los bienes sociales elaboran el ordenamiento del bien común.
El orden social exige producción abundante y racional, distribución equitativa, consumo suficiente, previsión y asistencia. Nada de éstos es posible sin la labor humana. De ahí, la eminente dignidad del trabajo, que en el orden material es el factor primero de la economía y cuyo valor ético es el de representar, en sus diversas formas, la participación consciente en el plan providencial de la creación, siempre fluyente.
En el proceso económico y en la relación al capital (privado o estatal) ha de ocupar una posición preferente el trabajo (intelectual, manual o mixto) no como un atributo de clase, sino como un tributo de la persona en beneficio propio y común.
La concepción del trabajo como una mercancía, lleva a la degradación y explotación de los trabajadores; inversamente, el considerar a todo capital como producto de fraude, conduce a la denigración y al despojo indiscriminado de los propietarios y a extenuar la base material de la economía.
No hay razón valedera para oponer ambos factores, naturalmente destinados a la complementación a la solidaridad.
La lucha de clases es errónea en sus fundamentos, injusta en sus medios, egoísta en sus fines y desastrosa en sus resultados. La opresión capitalista y la dictadura proletaria, son distintas formas de privilegio y despotismo.
El capitalismo ha aportado progresos técnicos y económicos, pero el individualismo y el materialismo que impregnaban la sociedad, lo han llevado a subordinar las normas morales a la finalidad de lucro, a convertir la libre contratación en una desalmada selección de fuerte y débiles y a pretender la perpetuación de su doble estructura de empresarios y asalariados, divididas en dos mandos impenetrables entre sí.
El sistema capitalista tal como se ha presentado históricamente, está concluyendo su ciclo y debe ser superado por medio de una reforma sustancial y progresiva dentro de cauces legales. Para ello no pueden servir los regímenes paternalistas porque mantienen a los obreros bajo una tutela permanente, mediante un juego legal de protecciones y restricciones y la periódica concesión de mejoras que no evitan el predominio patronal; tampoco los estatismos demagógicos, porque reducen el problema a la simpleza de hacer ricos a los pobres y viceversa, para la cual instauran una parodia de lucha de clases, impulsando a los trabajadores hacia conquistas económicas insaciables, hacia las contiendas partidistas, las posiciones políticas y los recursos burocráticos.
Unos y otros eluden la cuestión y son en definitiva explotadores políticos de la necesidad y conservadores del régimen del salariado, que si bien no es injusto en sí mismo, no satisface ya todas las aspiraciones humanas ni da solución al profundo malestar social imperante, que a más de económico, es una cuestión de dignidad herida y de justo anhelo de superación.
Es indispensable una franca evolución de la situación actual sobre la base de las siguientes orientaciones fundamentales:
a) ordenamiento y regulación de la producción de acuerdo a las necesidades del consumo;
b) subordinación del lucro a la moral y al bien común;
c) primacía del trabajo, en todas sus formas, sobre el capital, con reconocimiento de la función social de éste y la necesidad de la marcha armónica de ambos;
d) la empresa libre y privada (individual, familiar, comunitaria o cooperativa) debe ser la forma normal de la vida económica. Las empresas estatales deberán seguir también las orientaciones señaladas precedentemente.
Todo ello se realizará mediante la intervención gradual de empleados y obreros en la comunidad de trabajo de la empresa y a través de su progresiva participación en las utilidades y gestión de la misma, hasta llegar a un régimen societario de copropiedad y cogestión, en el cual el trabajo organizado se integra con la administración de la empresa.
Trabajo organizado y administración colaboran así como un todo indivisible y no como dos campos opuestos; todo ello, sin desmedro de la indispensable autoridad de decisión y unidad de comando de la administración.
Además, en la tarea de evitar la especulación y preparar el camino hacia experiencias asociativas y comunitarias, se hace necesario fomentar mediante diversos arbitrios las cooperativas, los comités de iniciativas, las organizaciones de cogestión, las comunidades de trabajo y todas aquellas reformas que permitan llegar a la realización de una economía humanista.
La justicia reclama, igualmente, satisfacer la aspiración de todos los individuos y clases sociales a la posesión y al disfrute de los medios económicos necesarios o convenientes a su bienestar y felicidad, especialmente la tierra laborable y la vivienda urbana y rural. Es derecho de las personas y familias, tener en propiedad tales bienes y disponer de ellos con exclusión de los demás particulares, de la sociedad y del Estado. Pero hay que recordar también que la propiedad privada, si bien es como una extensión de la persona y una condición de su perfeccionamiento, engendra por otra parte, obligaciones sociales a cargo de los propietarios, las cuales deben ser reglamentadas por el
Estado con miras al uso prudente y justo de las cosas que son objeto de ese derecho.
En la medida que la técnica lo haga posible será preciso restaurar la pequeña propiedad y la pequeña empresa, haciéndolas a la medida del hombre. El campo en sus explotaciones agrícolas y ganaderas, representa sin duda la más importante fuente de riqueza del país; es necesario asignarle todo el enorme valor que tiene en nuestra economía nacional, mejorando en todos sus aspectos, las actuales condiciones de vida, comodidad, cultura, producción y trabajo mediante adecuadas medidas impostergables consagrando el acceso a la propiedad de los campesinos, en explotaciones del tipo familiar y la redención del proletariado rural.
El Estado debe en el mundo económico contemporáneo hacer los planes generales y señalar las grandes líneas de la política económico-social. Tiene que tener también en sus manos, los controles superiores de la vida económica para mantener una moneda sana y un crédito que estimule o desaliente, pero sin intervenir en el proceso mismo de la producción. Mediante el poder impositivo redistribuye las rentas justicieramente, pero teniendo especialmente cuidado de las exigencias de la justicia social y del proceso de capitalización. En la medida que se requiera y con carácter de excepción, El Estado controla o toma a su cargo ciertas actividades básicas que pueden causar un gran daño público en manos privadas, sea por su valor estratégico o por sus incidencias sobre la población, sea por insuficiencia de la iniciativa privada o por el poder económico y político que importen. Circunstancialmente puede establecer controles secundarios para defender al pueblo contra el monopolio y la explotación.
Entretanto y mientras no se llegue al nuevo ordenamiento que preconizamos, urge adecuar el salario a las necesidades vitales del trabajador y su familia, atendiendo también a su capacidad real de producción. Dicha política de salarios deberá ser completada por la estabilidad y seguridad social contra el paro, la enfermedad, la vejez, la cesantía, el fomento de la vivienda digna, la creación de ritmos y marcos humanos para la vida trabajadora y la educación progresiva para las responsabilidades que comporta el nuevo mundo de la Economía Social hacia el que avanzamos.
La libertad y la justicia deben encontrar la síntesis en una economía social orientada al consumo, a través especialmente del mercado. Esta economía con sentido social debe tender a aumentar la producción contemplando las necesidades y aspiraciones del pueblo dentro de un sano espíritu de justicia, superación y competencia. Mediante el incremento de la riqueza, procura las bases para lograr una elevación material del pueblo y una más justa distribución de los bienes, excluyendo cualquier clase de monopolio.
4- Vida religiosa – Libertad de cultos
La vida religiosa constituye el presupuesto indispensable del orden social y su aliciente más potente.
Esta encuentra savia fecunda en el mensaje evangélico que ha sido dado a todos los hombres. La profunda y pacífica revolución que éste produjo contribuyó en alto grado a la dignificación de la persona y de los pueblos, demostrando que más allá del ámbito puramente religioso, obra también como fermento social de inagotable energía histórica.
En lo concerniente a la religión, el Gobierno ha de respetar y garantizar el derecho necesario de los hombres a rendir culto a Dios, privada y públicamente. A su vez, de acuerdo con la más noble tradición nacional, la Sociedad y el Gobierno han de tributar el culto público que les incumbe.
La libertad de creencias religiosas y de cultos, según el régimen de la tolerancia civil lealmente practicada, excluirá toda forma de coacción sobre las conciencias o de inconvenientes a las personas por razones religiosas. De este modo se alejará cualquier posibilidad de abuso de lo religioso con fines políticos.
La fe en jurisdicción del Estado, que no es definidor de la verdad y menos de la verdad teológica. La fe no es materia de sometimiento sino de convencimiento. Por lo tanto debe el Estado el respeto máximo al diálogo del hombre con Dios, y debe, cualquiera sea la forma en que el hombre lo realiza, aunque la crea errónea, tolerarlo civilmente. El cumplimiento de su fines debe procurar por todos los medios que reine la paz religiosa a fin de que fructifique el mensaje que Dios deposita en cada alma.
VI – DEMOCRACIA CRISTIANA
La democracia implica y necesita una ideología y un método, pero ante todo una mentalidad y un ánimo favorables a ella. Y bien se ha dicho que “no solo el estado de espíritu democrático proviene de la inspiración evangélica sino que no puede subsistir sin ella”.
Tal es la razón de ser de la Democracia Cristiana, a la que entendemos como una representación de vida, que partiendo de una comunidad individual en los valores eternos, tiende a realizar en lo temporal y colectivo un sistema de convivencia libre, justo y fraternal, fruto de la consciente ordenación del pueblo al bien común, mediante el ejercicio de las funciones públicas emanadas de su soberanía.
La Democracia Cristiana es una concepción integral: porque considera la totalidad de la persona humana y su justa ubicación en los planos natural y sobrenatural; porque en el orden natural armoniza los fundamentos de una filosofía con las necesidades de un programa; porque dentro de su programa concilia las prerrogativas individuales con las exigencias colectivas y porque en el ámbito colectivo contempla y soluciona los problemas políticos, sociales y culturales.
La Democracia Cristiana es personalista, en cuanto, colocando a la persona humana en el primer grado de la escala de los valores temporales, considera que como tal ella trasciende a la sociedad a la que pertenece; es comunitaria, en cuanto reconoce que la persona tiende naturalmente a la comunión con sus semejantes y en cuanto, en el orden propiamente político, estima al bien común superior al bien particular de los individuos, en la medida en que el hombre es parte de la sociedad política; es pluralista, en cuanto comprende que el desarrollo de la persona reclama normalmente una pluralidad de comunidades autónomas, que si bien no se distinguen por sus miembros ni por sus elementos genéricos, sí se diferencian por sus objetos específicos.
La Democracia Cristiana, conforme a su tradicional línea de tendencia histórica, se traduce en un movimiento eminentemente popular. Pretende realizar una auténtica Democracia, que haciendo efectivo el gobierno del pueblo, por el pueblo, y para el pueblo, en un régimen social basado en los principios cristianos, una fraternalmente en amistad cívica a los hombres de los diferentes sectores y condiciones sociales, para procurar la satisfacción de las aspiraciones legítimas de todos y, en particular, de los menos favorecidos y para lograr la participación activa de estos en la conducción política, económica y cultural del país.
Esta posición no puede encerrarse exclusivamente en cauces partidistas, si bien estos son los instrumentos más apropiados para su difusión e implantación. Paralelamente a la acción política, las labores sociales y culturales deben tener existencia legítima y provechosa.
No siendo un movimiento confesional sino cívico o social político, con la consiguiente responsabilidad y autonomía propias, la Democracia Cristiana admite en su seno la diversidad religiosa de sus adherentes, en tanto ellos manifiesten coincidencia plena con su ideario y acepten la totalidad de su programa.
No es lícito sustituir la persuasión por la fuerza para lograr el ideal de la unidad religiosa o política.
Rechazamos cualquier pretensión de someter a los disidentes a estatutos legales de represión o segregación Si bien no hay derecho al error, es necesario respetar las creencias personales en atención a la realidad histórica de la variedad de las familias espirituales, pues sólo mayores males traería la represión de expresiones que no contrarían el orden social.
Frente a las teorías, regímenes, planteamientos y bloques en que se divide actualmente la humanidad, la Democracia Cristiana es intrínsecamente opuesta al individualismo y al colectivismo, que alterna en la trágica tarea de desintegrar a la sociedad en aras del individuo y a la persona en aras de la colectividad. Por ello, repudia tanto a toda forma de liberalismo y de dictadura sistemática, cuanto a cualquier forma del totalitarismo, inclusive el comunismo.
En lo referente a las relaciones entre los poderes espiritual y temporal, condena por igual: el laicismo, o total autonomía del bien común respecto de Dios; el regalismo, o sujeción de la Iglesia al Estado; la participación indebida del clero en el manejo de la cosa pública y al fariseísmo o empleo de la religión o sus organizaciones con finalidades políticas.
La Democracia Cristiana levanta como supremos objetivos: la moralización de la vida pública y privada, sobre las bases de normas éticas objetivas, universales y permanentes; la libertad civil y política, dentro de un orden jurídico estable y progresivo; la reforma económica y social; para la ascensión del proletariado a los derechos y responsabilidades de la ciudadanía, de la cultura y de la propiedad; la amistad cívica, por el respeto de las distintas posiciones ideológicas y su coincidencia ocasional en obras de bien común; y la paz internacional, fruto de la justicia y la concordia entre los Estados y del acceso inmediato o gradual de los pueblos coloniales o semi coloniales al goce efectivo de su independencia. Todo ello por la dignidad de la persona humana.
VII – VISIÓN DE PATRIA
Enarbolamos estos principios bajo el amparo de la bandera nacional y sobre el solar de los antepasados, que es también nuestro por incesante herencia histórica.
Dentro de la universal comunidad fraterna, la Nación Argentina es una particular agrupación de hermanos, a la cual nos debemos con preferencia y sin perjuicio de las proyecciones humanistas de nuestra empresa.
Declaramos, pues, nuestro más profundo y fiel amor a la Patria, complejo de bienes espirituales y materiales, consciente identidad de derechos y responsabilidades, tradiciones e ideales, cuyos intereses legítimos deben servirse aún con sacrificio de los particulares. El patriotismo es una virtud moral que debe ser preservada de adulteraciones que trastornan los fines del poder político y el orden internacional; el nacionalismo inmoderado, que pretende hacer de la Patria una entidad sustancial, absoluta e infalible, es germen de numerosas injusticias e inequidades.
Nuestro movimiento responde a las más genuinas aspiraciones de la argentinidad, radicalmente cristiana y demócrata. Nadie puede desconocer el aporte vital e insustituible del Cristianismo en la formación de nuestro ser nacional, ni el esencial sentido democrático de nuestra historia, valores ambos fundamentales en la obra de los próceres y en la trayectoria del pueblo.
Uno solo es el acervo patrio y su significado y no transigimos en su defensa frente al ocultamiento mezquino y a la revisión interesada. Todas las investigaciones y rectificaciones son posibles y plausibles, cuando no parten de posiciones previamente adoptadas que forzosamente han de condicionar los resultados; cuando se alientan en la sincera búsqueda de la verdad, en la comprensión de los ambientes, en el respeto y la gratitud a los fundadores y propulsores de la Patria.
La Democracia Cristiana representa el intento histórico de romper en forma definitiva la absurda alternativa de elegir entre la corriente de los regímenes de fuerza y el liberalismo; ruptura de un esquema cuya falsedad ha traído tantos dolores a nuestra patria y a la humanidad.
Teniendo presente el ejemplo de quienes impulsaron generosamente la independencia, la organización y el progreso nacional, seguiremos el camino señalado por aquellos próceres que fueron auténticos precursores de la Democracia Cristiana en la República Argentina.